El cartel de los fabricantes de camiones y la recuperación de los daños y perjuicios sufridos por sus compradores. Mayores facilidades introducidas por el Real Decreto Ley 9/2017 de 26 de mayo.

El derecho provee de acciones para que los propietarios que adquirieron camiones de medio y gran tonelaje entre el 17 de enero de 1997 y el 18 de enero de 2011 puedan reclamar a los fabricantes de los mismos, los daños y perjuicios sufridos en ocasión de las prácticas colusorias declaradas probadas por la Comisión Europea (“CE”). Las acciones son ciertas y factibles y no debería desaprovecharse la ocasión para entablarlas. Seguidamente informaremos del alcance de las mismas.

En esta noticia pueden leer en detalle el caso de la reclamación contra el cartel de los Camiones. Si usted compró un camión, consulte su caso para saber si puede reclamar hasta el 10% del coste del mismo.

Cremades&Calvo-Sotelo Abogados

Oscar Arredondo-Socio

Ricardo de Rabassa-Socio y Director Oficina Barcelona

2 de junio de 2017